Lo que debes saber sobre un contrato de alquiler

Sobre los alquileres hay más dudas que certezas. Aunque son infinitamente populares, las personas que conocen datos precisos sobre la legislación relativa a los alquileres son muy pocas, por lo que gran parte de los arrendadores y arrendatarios no conocen con precisión cuáles son sus deberes y derechos.

Entre todas las normas aplicables a este tipo de contrato, se establece cuáles son los plazos de un arrendamiento. Siempre hay que tener en cuenta que el arrendador será dueño del piso o la casa y puede disponer de él, pero el arrendatario también tiene una serie de derechos que garantizan su estabilidad. En este artículo podrás conocer un poco más sobre los plazos de un contrato de arrendamiento.

Establecimiento de plazos

Al momento de la firma de un contrato de arrendamiento, tanto el arrendador como el arrendatario suscriben los plazos que ya determinaron previamente. De cualquier forma, si el plazo establecido entre las partes es inferior a los tres años, el contrato se prorrogará automáticamente hasta que llegue a ese momento.

De no incluir ningún tipo de plazo, el contrato se extenderá automáticamente al año. Pasada esta fecha, si el inquilino manifiesta interés y el arrendatario no se opone, el contrato podrá extenderse hasta los tres años como uno tradicional.

Desalojo de la propiedad por ingreso de familiar

Por supuesto, el arrendador es el propietario del bien inmueble y por consiguiente tiene derecho a usarlo. Sin embargo, mientras se mantenga un contrato estable no podrá ocuparlo a no ser que una sentencia de carácter judicial lo ordene por motivos de divorcio o separación, o deba dársela a un familiar directo por consanguinidad. En este caso, el arrendador deberá anunciarle al inquilino con tres meses de antelación.

Desalojo fuera de contrato

Si sin razón alguna el arrendador decide anular el contrato, también está en su derecho. Eso solo podrá realizarse después del cumplimiento de seis meses de contrato y con previo aviso de al menos 30 días de anticipación. El inquilino tiene la potestad de pedir indemnizaciones por el concepto del pago de todo el resto del contrato restante, ubicándose en más de la cuantía máxima legal.

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