El ABC de la industria inmobiliaria: términos básicos

Seguramente cuando comenzaste a leer sobre el tema inmobiliario o te decidiste a buscar información relacionada a los procesos jurídicos para adquirir o vender una vivienda, te encontraste frente a un inmenso mar de términos que no entiendes completamente. No eres el único y son muchos los términos propios de esta compleja industria. En Exes Expofincas Sabadell te invitamos a aprender algunos términos introductorios que te ayudarán a ubicarte en el contexto de estos negocios.

Préstamo hipotecario

Quizás  es el término de mayor importancia inmediata para el común denominador del público. Se entiende por préstamo hipotecario a aquel mecanismo de financiación por medio del cual se coloca la propia vivienda como garantía de cumplimiento de un préstamo previo, casi siempre otorgado por una entidad bancaria. El préstamo es comúnmente empleado para adquirir el inmueble en cuestión y se amortiza mensualmente en cuotas determinadas en el contrato firmado.  En caso de impago, la propiedad pasaría a ser de la entidad crediticia.

Tasación

Es el método mediante el cual se calcula el valor de un inmueble antes de colocarlo en el mercado. Al tasar una propiedad se tienen en cuenta sus características intrínsecas y también la ubicación, así como la adecuación de la propiedad mencionada las normas de construcción vigentes según la legislación.

Régimen de propiedad horizontal

Someramente la propiedad horizontal se trata de la copropiedad que pactan los distintos dueños de un inmueble dividido en pisos. En este acuerdo se delimitan las áreas bajo régimen de propiedad privada (como los pisos) y los de propiedad horizontal propiamente (áreas comunes). El hecho de constituir estas sociedades obliga a cada miembro a contribuir mediante una cuota de participación, que equivale a su aporte monetario para el mantenimiento de los espacios comunes. La propiedad horizontal está fijada en la legislación, en el artículo 396 del Código Civil.

Alquiler turístico y tradicional

El alquiler turístico es aquel en donde el inmueble es arrendado de forma temporal y por un periodo inferior a 30 días, a cambio de una cantidad previamente fijada. En cambio, con el alquiler tradicional se cede el usufructo del inmueble por un plazo largo (anual) a cambio de una cuota mensual que puede variar según las fluctuaciones del mercado (a menos que se tenga una tasa fija convenida). Usualmente estos contratos se renuevan, llegando a durar mucho tiempo.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *